¿Es sostenible el actual sistema de Jubilación en España?

Índice de contenidos:

¿Es sostenible el actual sistema?

Reformas (pasadas, presentes y futuras)

¿Qué debo tener en cuenta de la Seguridad Social?

¿Cómo ayudo a los empleados de mi organización?


Jubilación en España

jubilación en españa

La jubilación en España está sujeta a un sistema que suele levantar serias dudas en relación con su sostenibilidad. El debate sobre si es sostenible o no lleva sobre la mesa varias décadas y pese a las reformas que se han ido aplicando, no parece que la duda se termine por disipar.

Puede ayudar a esclarecer nuestras inquietudes que en el año 2011 el sistema de pensiones, amparado por la Seguridad Social, contaba con un superávit en su fondo de reserva de 67.000 millones de euros, cifra que se agotó en el ejercicio 2020, acumulando un déficit de sistema en el 2021 de 20.000 millones.

Este déficit, seguirá incrementándose en los próximos años debido a la inversión de la pirámide poblacional (somos un país cada vez más envejecido) y a la mayor longevidad de la sociedad española (segundo país del mundo con mayor esperanza de vida).

Esta realidad nos llevará a un sistema en el que pasaremos de la proporción actual entre la población en edad activa (entre 25 y 65), y la población pasiva (65 años o mayores) que se sitúa en 10 a 4, es decir, por cada persona mayor de 65 años hay 2,5 personas en edad de trabajar, a que, en un horizonte de 30 años, la proporción se situará en 10 a 7, es decir, por cada persona mayor de 65 años habrá 1,42 personas en edad de trabajar.

Este es el problema principal nuestra Seguridad Social. Al no entrar nuevos trabajadores en número suficiente, las cotizaciones disminuyen y la cantidad de dinero disponible para las prestaciones también. De esta forma, se produce un desequilibrio que lleva a la imposibilidad de sostener las pensiones y que conduce a los diferentes gobiernos a ajustar el importe de las mismas (desde el punto de vista del gasto) y buscar fuentes de financiación diferentes a las propias del sistema de pensiones (por la parte del ingreso).


Te puede interesar: Modificaciones en los planes de pensiones 2021:

https://noa.aon.es/modificaciones-aportacion-pensiones-2021/

Reformas en la Jubilación (pasadas, presentes y futuras)

reformas en la jubilación

Vamos a repasar de forma muy breve las reformas de la Seguridad Social desde el año 2011, cómo nos afectan y cómo las empresas pueden ayudar a sus empleados a mitigar esta situación.

Reformas años 2011 y 2013

  • Acceso a la jubilación no obligatorio: Se establece la no obligatoriedad al acceso a la jubilación. Esta reforma no tiene un impacto en los trabajadores, pero sí en las organizaciones, al no poder planificar adecuadamente la estructura poblacional y no producirse el relevo generacional. Esta reforma tuvo una modificación posterior intermedia, que permitía a las compañías “jubilar” a los empleados siempre que estuviera recogido en el convenio colectivo de aplicación. Veremos que se modifica de nuevo en la reciente normativa y será una tendencia clara. Parece poco probable que no nos permitan seguir en actividad de forma voluntaria, incrementando cotizaciones y no percibiendo prestación, si así lo decide el trabajador.
  • Incremento de la edad de jubilación: la edad de jubilación ordinaria irá aumentando hasta el ejercicio 2027, pasando de los 65 a los 67 años para carreras laborales no completas. Esta reforma, no reduce la pensión a percibir, pero sí reduce el número de años como pensionista y aumenta los años de cotización.
  • Incremento del número de años de cotización a tener en cuenta en el cálculo de la pensión. Partimos de 2, para pasar a 8 de ahí a 15, y estableciéndose en la última reforma 25 años para el cómputo de cálculo. Muy posiblemente se seguirá incrementando hasta que se tenga en cuenta en el cálculo toda la carrera laboral. Al comenzar nuestra andadura profesional con salarios menores, esta reforma irá reduciendo gradualmente la prestación de jubilación.
  • Factor de sostenibilidad: Ajuste de la pensión de jubilación a nuestra esperanza de vida, es decir, al vivir cada vez más años y cobrar más tiempo la pensión de jubilación, esta se irá ajustando a la baja en función de nuestra esperanza de vida. Se ha derogado este ajuste a la esperanza de vida, pero ya está encima de la mesa el volver a introducirlo con otra denominación: mecanismo de equidad intergeneracional.
  • Desvinculación del IPC: se eliminó el crecimiento de las pensiones vinculado a IPC, para establecer una fórmula de cálculo que reducía dicho incremento por norma general. Este punto ha sido derogado como veremos en las nuevas reformas.

Reformas año 2021: (anteproyecto de ley – primera parte de la reforma del sistema)

  • Subida conforme al IPC: En el anteproyecto se recoge el nuevo mecanismo de revalorización de las pensiones, pactado con los agentes sociales, que consiste en que cada año se incrementarán las pensiones el 1 de enero de acuerdo con la inflación media anual registrada el ejercicio anterior. Volvemos a lo anteriormente establecido y esto supondrá un incremento en las prestaciones por jubilación.
  • Penalizar la jubilación anticipada: La penalización por jubilación anticipada a la edad ordinaria de jubilación se calculará sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora. Esta modificación lleva a que afecte directamente a todas las jubilaciones anticipadas sin excepción (incluidas a aquellas carreras laborales que han cotizado por base máxima). La norma establece que se retrasa su aplicación hasta 2024 para aquellos que estén cotizando por encima de la pensión máxima.

Adicionalmente los coeficientes de ajuste pasan a ser mensuales en lugar de trimestrales y se incrementan los mismos. Una persona que se jubile voluntariamente a los 63 años vería su prestación reducida en un 21%.

  • Acceso a la jubilación no obligatorio: Volvemos a dar pasos hacia la reforma original ya que se prohíbe que los convenios colectivos puedan obligar a los trabajadores a jubilarse antes de los 68 años.
  • Cheque para los que retrasen la jubilación: Se establece un “incentivo” para aquellos que decidan prolongar su carrera laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación, pudiendo elegir entre elevar un 4% la cuantía de jubilación por cada año completo que retrase la misma o recibir el importe como un pago único al jubilarse.

Próximas reformas

  • Como hemos repasado brevemente, las reformas de 2011 y 2013, reducían claramente las prestaciones públicas futuras, mientras que las reformas del anteproyecto del año 2021 derogan algunas de ellas (vinculación al IPC y factor de sostenibilidad) y se focalizan en penalizar jubilaciones anticipadas y premiar el retraso en la jubilación.
  • El incremento del desequilibrio en el sistema llevará claramente a que, en siguientes reformas, cuya primera parte se presenta ahora, se revisen las prestaciones futuras.
  • Ya se ha anticipado que se retomará la idea de ajustar las pensiones en función de la esperanza de vida (ahora llamado mecanismo de equidad intergeneracional). Posiblemente se incrementará el número de años cotizados en el cálculo de la pensión.

¿Qué debo tener en cuenta de la Seguridad Social?

persona jubilada saliendo a correr

Después de repasar las reformas y la situación del sistema de Seguridad Social, es posible que sigamos sin entender muy bien el funcionamiento, pero no podemos dejar de conocer lo principal:

 ¿Cuánto voy a percibir de la Seguridad Social cuando me jubile?

Pues bien, tengamos en cuenta que, en el año 2011, para salarios medios en España, la cobertura de Seguridad Social en el momento de la jubilación se establecía en el entorno del 88% (en media).

 Con esta información, era sencillo calcular que un trabajador con un salario de 20.000 euros percibiría un importe cercano a los 18.000, en caso de haber cotizado 37,5 años o más. No olvidemos que este porcentaje de cobertura se reduce para salarios más elevados y que hay una pensión máxima de Seguridad Social de 38.000 euros, por lo que es inmediato estimar el porcentaje de cobertura para salarios más altos, conociendo el máximo de pensión.

Con las reformas presentes y futuras, tenemos que prepararnos para que ese 88% de cobertura, se reduzca en los próximos años y de forma gradual a entornos del 80% primero y del 70% después, lo que llevará a que los 18.000 euros de pensión se irán ajustando a 16.000 primero, e incluso a 14.000 en un horizonte temporal mayor.

Es importante destacar, que este cambio será gradual, por lo que los trabajadores que están más cercanos a la jubilación seguirán gozando aún de un sistema de jubilación relativamente generoso, mientras que las generaciones futuras tendrán que empezar a trabajar cuanto antes en planificar adecuadamente la jubilación. Digo cuanto antes, porque el esfuerzo será más razonable si contamos con un horizonte temporal suficientemente amplio.

y… ¿Cómo pueden ayudar las empresas a sus empleados?

ahorrar para la jubilación

Analizada la realidad presente y futura de la Seguridad Social y sin olvidar que se trata de una responsabilidad individual, hay que subrayar que son cada vez más las organizaciones que ayudan a sus empleados a planificar la jubilación. Y se trata exactamente de eso, planificar.

De igual modo que conocemos nuestro salario cada año y organizamos nuestra economía doméstica en función del mismo (gastos ordinarios, extraordinarios, ahorro, préstamos…), deberíamos hacer un ejercicio similar a partir de la jubilación, porque es fundamental que tengamos un plan, el cual iremos ajustando en función de las circunstancias y cambios futuros, tanto internos (situación familiar, personal, física, intelectual), como externos (cambios futuros en la Seguridad Social).

Facilita información a tus empleados sobre el ahorro para la Jubilación en España

Nuestro enfoque para una correcta planificación, pasa por resolver las siguientes cuestiones de los empleados de nuestras organizaciones:

¿Por qué tengo que ahorrar?

Sensibilización y concienciación para la jubilación. Facilitemos información desde nuestras empresas ya que, no parece que el Estado favorezca el compartir esta información de forma sencilla, regular y transparente.

¿Cuánto tengo que ahorrar?

herramientas de simulación de gastos e ingresos en la jubilación y, sobre todo, ¿cuánto ahorrar para alcanzar un nivel de cobertura determinado.

¿Cómo lo hago?

Mediante la implementación de instrumentos de ahorro jubilación a través de la empresa, fiscalmente eficientes para los empleados y que salven las limitaciones de ahorro que tienen los productos individuales. Igualmente, pautando pequeñas reglas de ahorro que a lo largo de la carrera laboral permitirán acumular importes relevantes.

De preocupación a planificación

Puede interesarte nuestro artículo sobre la responsabilidad de la empresa en la jubilación de los empleados:

https://noa.aon.es/reponsabilidad-empresarial-jubilacion/

Si adicionalmente como organización, podemos contribuir en el ahorro para la jubilación de nuestros empleados y facilitamos información al respecto de forma clara, comprensible y útil, conseguiremos el objetivo de los empleados de cambiar la preocupación por la jubilación por la ocupación en la planificación.

Desde Aon, estaremos encantados de analizar la situación en su organización y trabajar en soluciones a medida para cumplir los objetivos de los empleados y las organizaciones.

Autor:

José Luis Martín Trujillo

Director – Retirement and Financial Management en Aon

Si quieres saber más sobre este artículo, contacta con nuestros especialistas:

¿Conoces todos los riesgos a los que se enfrenta tu organización?

Contacta con nosotros para que un especialista te ayude a dar forma a las mejores decisiones.


Entrada anterior
Diversidad, equidad e inclusión: construyendo una compañía mejor
Entrada siguiente
Un nuevo estudio de Aon muestra la importancia de mejorar la toma de decisiones en el C-Suite tras la pandemia de COVID-19

Historias
de un mundo
volátil

by Aon

Descubre otros artículos que te pueden interesar

  1. Inicio
  2. Soluciones de RRHH
  3. ¿Es sostenible el actual sistema de Jubilación en España?
¿Es sostenible el actual sistema de Jubilación en España?